este Tribunal Primero de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, tomando en consideración lo anteriormente expuesto Ordena: LA CESACIÓN DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, dictada mediante decisión de fecha 27 de junio del 2.000, contra el entonces adolescente, hoy adulto IDENTIFICACION OMITIDA, venezolano, nacido en fecha 27-02-1984, titular de la cédula de identidad N° XXXXXX, hijo de los ciudadanos IDENTIFICACIONES OMITIDAS de conformidad con lo establecido en los artículos 645 y 647 Literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y en consecuencia se acuerda Su Egreso del Internado Judicial El Rodeo I.-
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 175 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión del artículo 537 de la Ley .....