...declara: PRIMERO: No surte la consecuencia jurídica tipificada en el articulo 151 de la Ley Orgánica Procesal de Trabajo en contra del EL SINDICATO PROFESIONAL BOLIVARIANO DE TRABAJADORES (AS) DE LAS INDUSTRIAS DEL COSMÈTICO, ENSERES, FANTASÌAS, ROPA Y ARTICULOS DEL HOGAR (SIPBTRACEFRA), en virtud que los derechos sindicales son de orden público de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 400 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con lo Convenido Número 87 de la Organización Internacional de Trabajadores SEGUNDO: Con Lugar la inepta acumulación opuesta por EL SINDICATO PROFESIONAL BOLIVARIANO DE TRABAJADORES (AS) DE LAS INDUSTRIAS DEL COSMÈTICO, ENSERES, FANTASÌAS, ROPA Y ARTICULOS DEL HOGAR (SIPBTRACEFRA). TERCERO: Sin Lugar la demanda que sigue INDUSTRIAS JADE C.A., contra EL SINDICATO PROFESIONAL BOLIVARIANO DE TRABAJADORES (AS) DE LAS INDUSTRIAS DEL COSMÈTICO, ENSERES, FANTASÌAS, ROPA Y ARTICULOS DEL HOGAR (SIPBTRACEFRA)