....emite su decisión en los términos siguientes:
1. Se declara Sin Lugar, cuestión previa contenida en el ordinal 11° del artículo 34o del Código de Procedimiento Civil, relativa a la prohibición de la ley de admitir la acción propuesta.
2. Se declara Sin Lugar, la demanda que por DESALOJO incoaran los ciudadanos MARÍA RODRÍGUEZ de TEIXEIRA y JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ, en contra del ciudadano JORGE ENRIQUE TRIANA GOMEZ, ambas partes identificadas.