Primero: SIN LUGAR la recusación interpuesta por el ciudadano JOSE ENRIQUE HERNANDEZ DIAZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-14.215.177, asistido por el Abogado JUAN CARLOS MORANTE HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 41.076, contra la Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA, Jueza Suplente Especial del Juzgado Primero de Municipio del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue el ciudadano LUIS EDUARDO MARTINEZ RODRIGUEZ contra los ciudadanos GILMA ISABEL DIAZ DE HERNANDEZ, GINETTE ILENIA HERNANDEZ DIAZ y JOSE ENRIQUE HERNANDEZ DIAZ.
Segundo: De conformidad con el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se ordena a la parte recusante, pagar una multa de dos mil bolívares (Bs. 2.000,00), hoy dos bolívares fuertes (Bs. F. 2,00).
Tercero: Remítase el presente expediente a su Tribunal de origen, en su debida oportunidad legal.
Cua.....