...PRIMERO: Se Admite la Querella presentada por los ciudadanos MAJJED SUKKAR SUKKAR y MIKHAEL TOFIC SUCCAR SUCCAR, titulares de la Cédula de Identidad Nº E-893-407 y V12.400.660, respectivamente, asistido por los ciudadanos abogados JOSE VICENTE ARVELAIZ y LOLIMAR SUKKAR SUCCAR, en contra de los ciudadanos TEOFILO RICARDO PEREZ MORO, JUAN JOSE RODRIGUEZ LORENZO y FORTUNATO MESOD BENARROCH BENARROCH, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-4.055.414 y Nº E-81.082.084, E-81.358.193, respectivamente, por la presunta comisión del Delito de FALSEDAD DE ACTOS PUBLICOS, previsto y sancionados en el artículo 319 del Código Penal vigente. SEGUNDO: Se le confiere a los ciudadanos MAJJED SUKKAR SUKKAR y MIKHAEL TOFIC SUCCAR SUCCAR, titulares de la Cédula de Identidad Nº E-893-407 y V12.400.660, respectivamente, la condición de Querellantes a tenor de lo previsto en el articulo 292 y 296 en relación con el 119 todos del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se Ordena la remisión de la.....