...PRIMERO: La ciudadana MARIELA JOSEFINA GÓMEZ RIVAS, cédula de identidad nro. V-16.368.604, fue aprehendida, por primera y única vez, en fecha 3-4-2008 (según se evidencia de los folios 8 al 10 de la pieza I), manteniéndose en esa situación hasta el día de hoy, 30-10-2008, computándose a favor del reo el tiempo que estuvo privado de su libertad durante el proceso en atención a lo establecido en el segundo aparte del artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, lo que evidencia que se ha mantenido privada de libertad, efectivamente, por un tiempo de SEIS (6) MESES Y VEINTISIETE (27) DÍAS.
SEGUNDO: La ciudadana MARIELA JOSEFINA GÓMEZ RIVAS fue condenada a cumplir la pena de 4 años de prisión, lo que restado al tiempo de detención efectiva se tiene que le falta por cumplir de la pena impuesta, al día de hoy, 30-10-2008, tres (3) años, cinco (5) meses y tres (3) días, por lo que la penada CUMPLIRÁ LA PENA PRINCIPAL EL DÍA 3-4-2012...