....En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley, ACUERDA la medida cautelar innominada de requerir a la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, de ser procedente y haber cumplido con lo ordenado, la expedición de la Certificación del Cumplimiento de la Providencia Administrativa del Reenganche y Pago de Salarios Caídos Nro. 101-2013, que dicto en fecha 12 de noviembre de 2013, en el expediente signado con el Nro. 039-2012-01-00454, mediante la cual se acuerda el reenganche y pago de salarios caídos de la ciudadana ANDIMAR ANAIS MANRIQUE OLIVEROS, a su puesto de trabajo habitual. Igualmente remitir dicho expediente administrativo de conformidad con el artículo 78 y 79 de la Ley Orgánica de la J.....