Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ciudadana EMILIA AURORA JIMÉNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.873.207. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de OCUPACIÓN ILEGÍTIMA incoada por la ciudadana NORMA DEL CARMEN CAPOTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.678.787contra la ciudadana EMILIA AURORA JIMÉNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.873.207. TERCERO: Se condena a la parte actora al pago de las costas conforme lo previsto en el artículo 274 del Texto Adjetivo Civil.