emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD requerida por la defensa privada, acordando NO MODIFICAR NI SUSTITUIR LA MEDIDA IMPUESTA al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, quien fue sancionado por la comisión de los delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, con las agravantes establecidas en los literales 1, 2, 3 y 10 ibídem, y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, en perjuicio del ciudadano DUARTE BURGUILLO PEDRO MANUEL, de conformidad con lo establecido en el artículo 647 Literales "A y E" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente........