DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, presentada por el ciudadano: JORGE RAMON BLANCO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.893.878, en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que unía a los ciudadanos: JORGE RAMON BLANCO y MILAGRO COROMOTO PEREZ SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-6.893.878 y V-7.956.571 respectivamente, en virtud del matrimonio por ellos celebrado en fecha 19 de enero de 1989, por ante el Registro Civil de la Parroquia la Pastora, Municipio Libertador del Distrito Capital, según, según consta Acta de Matrimonio inserta bajo el Nº 5, de los Libros de Acta de Matrimonio Civiles llevados por ese Despacho en el año 1989. ASI SE DECIDE. -