Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: IMPROCEDENTE in limine litis la demanda que por RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO incoara la sociedad mercantil MULTISERVICIOS SML 2012, C.A., contra los ciudadanos FAUSTINO PROIETTO SÁNCHEZ y ÁNGEL TOMÁS SÁNCHEZ RAGA (†), todos plenamente identificados en autos.
De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora.