Este tribunal de manera sumaria ORDENA al Registro Civil del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, así como al Registrador Principal del Estado Bolivariano de Miranda, a realizar la debida nota marginal en el ACTA DE NACIMIENTO signada con el No. 188 (folio 188), perteneciente a la ciudadana LETICIA TERESA GONZALEZ RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad No. V-11.821.792, la cual fue expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio San Antonio de Los Altos, Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda, hoy Registro Civil del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha seis (6) de agosto de mil novecientos setenta y cuatro (1974), a fin de que se escriba correctamente el nombre de la madre de la prenombrada ciudadana, pues en la mencionada acta se colocó erróneamente: "(...) hija legítima y de TERESA RODRIGUEZ (...)", cuando lo correcto es: "(...) hija legítima y de JULIA TERESA DEL PERPETUO SOCORRO RODRIGUEZ DE GONZALEZ (...)".