, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana BETZI CASTILLO CEDEÑO, titular de la cédula de identidad N° V-6.483.991, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno ubicado en sector Primero de Mayo, Calle Páez, casa N° 177, Ocumare del Tuy, municipio Tomás Lander, estado Bolivariano de Miranda, con un área de construcción de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS NOVENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (235,95 mts2). Las mismas se encuentran edificadas en un lote de ter.....