declara:
PRIMERO: CONFESA a la parte demandada U E. EUGENIO P DE BELLARD a quien la ciudadana REGALADO HERRERA MARIA ADELAIDA prestó servicio como obrera ( bedel) en el horario comprendido de 6:30 a.m. hasta 12:30 PM, jornada semanal completa.
SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud de calificación de despido interpuesta por la ciudadana REGALADO HERRERA MARIA ADELAIDA contra la sociedad mercantil U E. EUGENIO P DE BELLARD ya identificados en autos y en consecuencia SE ORDENA a la demandada a cancelar los siguientes conceptos:
salarios dejados de percibir durante el procedimiento, dichos salarios se computarán desde la fecha en que se efectuó la ampliación de solicitud de calificación de despido en fundamento al articulo 116 de la ley orgánica del trabajo, hasta su real y efectivo pago a razón de CUATRO MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 4.000,00) diario.
TERCERO: SE ORDENA a la empresa U E. EUGENIO P DE BELLARD, parte demandada en este procedimiento, reenganchar a la ci.....