PRIMERO: Declara SIN LUGAR la solicitud de Destacamento de Trabajo solicitado por la defensa del penado: RONALD JOSE ESCOBAR ARIZA, titular de la Cédula de identidad N° V-13.909.384, Dra. MERCEDES ADRIAN ALVAREZ, por cuanto el mismo se Fugó en fecha 03-08-2000, infringiendo así con el requisito establecido en el ordinal 2° del artículo 501 del Código Orgánico Procesal penal, igualmente no consta en autos el resultado de la evaluación Psico-Social así como la carta de Antecedentes Penales requisitos estos establecidos en el artículo 501 ordinales 1° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Declara Con Lugar la solicitud presentada por la defensa Dra. Mercedes Adrián Álvarez, en lo que respecta al segundo punto presentado y en consecuencia se acuerda solicitar la constancia de Antecedentes penales relativos al penado en cuestión. TERCERO: Con respecto al cuarto punto del escrito presentado, se Declara Con Lugar dicha solicitud y en consecuencia, se acuerda oficiar al centro pe.....