Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se establece que la penada BLANCO TRUJILLO PAULA, titular de la cédula de identidad N° V-6.838.928, ha cumplido de la pena impuesta por el Juzgado de primera instancia en función de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques; un total de CUATRO (04) AÑOS, SEIS (06) MESES y DIECISÉIS (16) DIAS DE PRESIDIO. SEGUNDO: Se establece que a la mencionada ciudadana le falta por cumplir de la pena impuesta un total de DOS (02) AÑOS, CINCO (05) MESES y CATORCE (14) DIAS DE PRESIDIO, razón por la cual, la pena principal finaliza en fecha: 15/11/2007. TERCERO: Por cuanto la penada ut supra identificado, fue condenado a cumplir las penas accesorias contempladas en el artículo 13 del Código Penal, se estable que: LA INHABILITACIÓN POLÍTICA, la cumplirá en fecha 15/11/2007; LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD, la cual cumplirá el 15/08/2009; y LA INTERDICCIÓN CIVIL, la cual cumplirá el 15/11/20.....