se le imparte su HOMOLAGACION COMO EN SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, en razón de que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles. De igual manera se acuerda oficiar al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Lander, Independencia, Simón Bolívar y Paz Castillo de esta misma Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en esta ciudad, a fin de que se sirva remitir en el estado en que se encuentra el resultado de la comisión que le fue conferida en fecha 20-05-05, mediante oficio N°. 246. Se acuerda archivar el presente expediente.-