...PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR lo solicitado por el Abg. JOSE FRANCISCO CORRO PEREIRA, I.P.S.A. N° 117.801, asistente del ciudadano HECTOR JOSE SOTO GUERRA, Cédula de Identidad N° 10.283.452, a que se ordene la práctica de una nueva experticia, en virtud de que consta en autos dos informes uno practicado por la Dirección del Cuerpo Técnico de Vigilancia de Tránsito y Transporte Terrestre de fecha 15-03-2005, y otro practicado por la Brigada de Vehículos del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-Delegación de Los Teques, y los mismos no merecen duda alguna, ni son contradictorios, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 240 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: NIEGA la entrega del vehículo MARCA: JEEP; PLACA: XUY-411; CLASE: CAMIONETA; SERIAL DE CARROCERÌA: 8YEFJ28VXNV060107; MODELO: CHEROKEE; TIPO: SPOWAGON; COLOR: VINOTINTO; AÑO 1992; USO: PARTICULAR, al ciudadano HECTOR JOSE SOTO GUERRA, Cédula de Identidad N° 10.283.452, por cua.....