...DECLARA: Primero.- Procedente la solicitud de divorcio, y en consecuencia se declara disuelto el vinculo matrimonial que une a los ciudadanos María de Jesús Pinto de Rojas y Carlos Felipe Rojas Lara, venezolanos, mayores de edad, de estado civil casados, de este domicilio, y titulares de las cédulas de identidad N° V-4.878.367 y V- 3.355.481, respectivamente. Segundo.- No hay lugar a liquidación de Sociedad de Bienes Conyugales, por no existir bienes a liquidar, ni hijos menores sobre los cuales hacer pronunciamiento.------------------