De conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 37, 74 numeral 4 y 88, todos del Código Penal venezolano, CONDENA al ciudadano YONI ALEXANDER PEÑA, quien es de nacionalidad, natural de Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia del estado Bolivariano de Miranda, donde nació el día 20-05-1989, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio indefinida, titular de la cédula de identidad N° V-22.504.640, residenciado en: el Sector Inavi, calle principal, casa N° 60, Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia del estado Bolivariano de Miranda, hijo de REGULO ESPAÑA (V) y de INGRID DEL CARMEN PEÑA (V), a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, tipificado en el artículo 458 del Código Penal venezolano, que cumplirá en los términos que establezca el correspondiente Tribunal en funciones de Ejecución.
SEGUNDO: CONDENA al ciudadano YONI ALEXANDE.....