PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ARNALDO AGUSTIN HERNANDEZ ANDARA contra la entidad de trabajo UNIDAD EDUCATIVA BASICA LA COLINA S.R.L: Se condena a la demandada a pagar al actor las cantidades suficientemente determinadas en la parte motiva del fallo por concepto de diferencia de prestaciones sociales más los intereses de mora sobre las cantidades condenadas, desde la fecha de terminación de la relación laboral, hasta el efectivo pago de dichas cantidades, considerando para ello la tasa de interés fijada por el Banco Central de Venezuela, de conformidad con lo previsto en el artículo 142 y 143 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. Igualmente se ordena la corrección monetaria, sobre la cantidad a pagar por concepto de diferencia de prestaciones sociales, la cual será calculada por el Tribunal de Sustanciación, Medición y Ejecución correspondiente desde la notificación de la demandada hasta la sentencia definitiva, ex.....