PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la apoderada Judicial de la parte demandada, la Abogada JOSETTE M. GOMEZ H, inscrito en el ipsa bajo el Nº 117.564., contra el auto de fecha 06 de Abril de 2017, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques.- SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha 06 de Abril de 2017, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques.-TERCERO: SE REPONE LA CAUSA al estado de fijar la oportunidad para celebrar la Audiencia de Juicio.- CUARTO: No hay condena en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.