Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana DEBORAH YACKELIN FUENTES PERDOMO, titular de la cedula de identidad Nº V-19.763.399, contra la Sociedad Mercantil "BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A." antes identificada y se condena a cancelar a la referida ciudadana la cantidad de TREINTA Y DOS MIL DOCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES CON DIECIOCHO CENTIMOS (Bs. 32.268,18) por concepto de descuento indebido de sus prestaciones sociales. Se declara improcedente el Daño Moral.-
SEGUNDO: Se ordena practicar una experticia complementaria del fallo a objeto de calcular los intereses sobre prestaciones sociales, a tal efecto se nombrara un único experto quien realizara los cálculos, tomando como fundamento el ti.....