PRIMERO: Declara Con Lugar la Solicitud de Aumento de Pensión de Alimentos formulada por la ciudadana HEIDI NAYLET ONTIVEROS SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-13.587.642, domiciliada en Lomas de Toiquito, Municipio Guásimos, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre de la niña (Identidad omitida por disposición de la LOPNA), asistida por el Abogado JUAN EVANGELISTA ZAMBRANO, titular de la Cédula de Identidad No.V-4.205.221 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No.86.757, contra el ciudadano FREDDY ORLANDO GARZON VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-10.174.125, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se fija como Pensión de Alimentos para la niña (Identidad omitida por disposición de la LOPNA), mensuales, la cantidad de DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA BOLIVARES (Bs.224.230,00) la cual será ajustada anualmente por la inflación tomando en cuenta los I.P.C. emi.....