DECLARA CON LUGAR, la solicitud de REVISIÓN DE MEDIDA, interpuesta por la defensa pública penal, a favor del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, a quien se le imputo la presunta comisión del delito de COAUTOR EN EL DELITO DE ROBO GENERICO, previsto en el artículo 455 del Código Penal, y VIOLENCIA FISICA, previsto en el artículo 42 de la de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en relación con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana MENYS MARIA AGUIRRE GALINDO, y en tal sentido se procede a sustituir la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, por otra menos gravosa, de las establecidas en el artículo 582 Literal b) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.