...este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE la solicitud de amparo constitucional interpuesto por la Unidad de Producción "LUNCHERIA CISNEROS BERTORELLI, C.A." empresa de este domicilio, contra la Providencia Administrativa N° 02-13, de fecha 04 de febrero de 2013, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, mediante el cual declaro procedente el reclamo incoado por la ciudadana AMBROSIA MARIA, ordenado a la presunta agraviada Unidad de Producción "LUNCHERIA CISNEROS BERTORELLI, C.A." cancelarle a la referida ciudadana la cantidad de Bs. 38.616,76 por concepto de pago de prestaciones sociales, pago de cuatro (4) días laborados y aclaratoria de inscripción del Seguro Social.-