...DECLARA CON LUGAR, la solicitud de la defensa y en consecuencia DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, seguida a los adolescentes: IDENTIDAD OMITIDA, a quienes se les imputó la presunta comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES Y AGAVILLAMIENTO, previstos en los artículos 415 y 287 del Código Penal vigente para la fecha, en perjuicio del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 27 ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en correspondencia con lo establecido en los artículos1, 8, 89, 10, y 314 todos del Código Orgánico Procesal Penal, y como efecto de ello SE DECRETA el CESE inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas, y la condición de imputados de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA...