En fuerza de las anteriores consideraciones, éste Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: JOHANNA MARGARITA PEREIRA BLANCO y HUMBERTO FERNÁNDEZ GONCALVES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.563.310 y V-11.553.897 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha Catorce (14) de Octubre de Mil Novecientos Noventa y Dos (1.992), por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, según Acta de Matrimonio N° 449.-
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzg.....