Se declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por la ciudadana JESSICA ALCIRA PEÑA ALBORNOZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-16.599.569, con fundamento en lo previsto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con las sentencias vinculantes dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, identificadas con los Nos. 446/2014 de fecha quince (15) de mayo de dos mil catorce (2014), 12-1163 de fecha dos (2) de junio de dos mil quince (2015) y 1070 de fecha nueve (9) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), y la sentencia No. 136 de la Sala de Casación Civil, dictada en fecha treinta (30) de marzo de dos mil diecisiete (2017), y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal que unía a la prenombrada ciudadana con el ciudadano RONALD JESUS LOPEZ ACOSTA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-17.642.541, contraído ante el Registro Civil del Municipio Los Salias del Estado Bol.....