Ordena la CESACION de la medida de Servicios a la Comunidad de conformidad con lo establecido en los artículos 625 y 647 literal “H” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; de IDENTIFICACIÓN OMITIDA.
Con relación a las medidas de Imposición de Reglas de Conducta, verificado que el presente expediente el Tribunal en funciones de Control de esta Sección de Adolescente, ordenó la remisión de las presentes actuaciones por haber quedado firme la sentencia condenatoria en contra de IDENTIFICACIÓN OMITIDA, el 22/12/2003, siendo el mismo ingresado en los archivos llevados por este Tribunal el 23 de diciembre de 2003, habiendo trascurrido desde esa fecha hasta la presente dos (02) años, siete (07) meses y diez (10) días, y por cuanto el artículo 616 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente que establece “Las sanciones prescribirán en un término igual al ordenado para cumplirlas más la mitad. Este plazo comenzará a co.....