...en el sentido de ordenar el ejercicio de la acción, sino la necesidad de conocer el inicio o no de otras causas, con vista a lo expuesto por la propia (IDENTIDAD OMITIDA) y su Defensor, no por la progenitora de ésta, ni por el padre de la misma, ni por este órgano jurisdiccional, habida consideración que, el ejercer o no dicha acción, en modo alguno depende de esta Sala de Juicio, Y ASÍ EXPRESAMENTE SE DECLARA.