En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: INADMITE el presente Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho ABG. HENRY JOSE ESCALONA ZAMBRANO, en su condición de Fiscal Auxiliar Interino Vigésimo Sexto del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en contra de la decisión dictada en fecha 04 de junio del 2013, por el TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY, mediante la cual decidió negar la solicitud de ORDEN DE ALLANAMIENTO presentada por esta Representación Fiscal en la causa Nº MP21-P-2013-012500, (nomenclatura del A-quo). Vista la inadmisibilidad, este Tribunal superior no se pronuncia sobre.....