OTORGAR en la presente causa seguida al imputado PÉREZ ACERO WILFREN DAVID, las MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD contenidas en el artículo 242 numerales 3º y 9º del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en: 3º la presentación cada CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS por un lapso de OCHO (08) MESES, contados a partir de la presente fecha por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y 9º estar atento al llamado que le realice el tribunal y el despacho fiscal