Primero: Sin lugar el recurso de hecho impuesto por el abogado Luis Alberto González Reyes, en su caracter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Constructora Sylni, C.A, ambos idetificados, contra el auto dictado el 1º de marzo de 2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, denegatorio del recurso de apelación por él ejercido, contra la decisiòn interlocutoria dictada el 18 de febrero de 2010, que declara con lugar la cuestión previa opuesta por la parte demandada.
Segundo: Dada la naturaleza de la presente decisión no hay especial condenatoria en costas.
Tercero: remítase el presnte expediente a su Tribunal de origen, en su debida oportunidad legal.