Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Abogado JOSE ALBERTO NUNES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 87.323, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadana MARIA FABIOLA AZAR GUEDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-5.223.751, contra la decisión proferida en fecha 14 de agosto de 2013, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Segundo: SE CONFIRMA, la decisión proferida en fecha 14 de agosto de 2013, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda; por consiguiente, se ordena la REPOSICIÓN DE LA PRESENTE CAUSA al estado en que se cite personalmente a la parte demandada, y en consecuencia se declaran nulas todas y cada una de las actuaciones realizadas luego del auto proferido en fecha 27 de junio de 2013, teniéndose como válida.....