V
DISPOSITIVA.
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por la ciudadana LEIBNIZ JOSETH TORREALBA AGUILERA, sin representación o asistencia de abogado, contra la decisión proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 6 de agosto de 2019; en tal sentido, se REVOCA el auto proferido por el aludido tribunal en fecha 12 de agosto de 2019, que admitió y oyó en un solo efecto el presente recurso de apelación, intentado en la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la prenombrada, contra los ciudadanos DISMARY DEL CARMEN OSUNA, JOSÉ LUIS MELÉNDEZ MARTÍNEZ y LUIS JOSÉ MELÉNDEZ OSUNA, todos ampliamente identificados en autos.
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