emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la causa seguida en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, natural de Caracas, de 16 años de edad, nacido 13-07-88, soltero, comerciante, buhonero, residenciado final calle Miranda, sector Cantarrana, al lado del Liceo San Martín de Porres, casa s/n, Guatire, Estado Miranda., por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES previsto en el articulo 415 del Código Penal Venezolano vigente para el momento en que ocurrieron los hechos en perjuicio de la victima FLORES DELGADO FERNANDO ISMAEL, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el numeral 8 del artículo 48 eiusdem, POR HABER OPERADO DE PLENO DERECHO LA PRESCRIPCIÓN ESPECIAL señalada en el artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Se decreta en consecuencia la libertad plena del Adolesc.....