...Vista la solicitud interpuesta por los ciudadanos: YOSAIRIE ANNELISSE DURAND SANCHEZ y LENIN JOSE VILLALBA PADRON, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.760.142 y V-12.821.637 respectivamente, conforme al artículo 189 del Código Civil, y en concordancia con lo establecido en los artículos 360, 349, 385, 365, 375 y 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente estando éstos debidamente asistidos por el Profesional del Derecho FRANK PORFIRIO PEREZ ROJAS, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 103.693, en beneficio de su hijo ALEJANDRO JOSE VILLALBA DURAND, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Igualmente, considerando que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de Ley, SE ADMITE, en consecuencia, SE DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, entre los nombrados ciudadanos, conforme al artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, 189 del Código Civil, y 351 de l.....