...Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor del artículo 488-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dicta los siguientes pronunciamientos:
1) DECLARA NULO y, por ende, sin efecto jurídico alguno el auto dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guatire, en fecha 15.04.14, mediante el cual oyó apelación en contra del auto dictado por el mismo Tribunal el 31.03.14, mediante el cual declaró inadmisible la reconvención propuesta por la ciudadana DATOS OMITIDOS, titular de la cédula de identidad No.DATOS OMITIDOS, en el as.....