Primero: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Pedro Juvenal Lara Biasco, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 122.258, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte accionada, ciudadanos FRANCISCO C. ORTEGA y FRANCISCO LUIS GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 9.486.850 y 1.884.242, respectivamente, en contra de la sentencia de fecha 31 de julio de 2007, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, la cual declaró Con lugar la acción de Amparo Constitucional interpuesta por le ciudadano EDGAR OMAR PEREIRA CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 3.803.499, en contra de los accionados ya referidos.
Segundo: SE REVOCA la sentencia de fecha 31 de julio de 2007, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Est.....