...DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano LEONARDO ENRIQUE APARICIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.447.679, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas sobre una Parcela de Terreno de su Propiedad, signado como Lote:02, código catastral N° 15-17-01-U-16-11-05, ubicado en el Barrio Las Palmas, calle Sucre, Casa N° 141-E-2, Jurisdicción de Guarenas del Municipio Autónomo Plaza, Estado Miranda, según consta de documento debidamente Protocolizado ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Autónomo Plaza del Estado Miranda, bajo el Nro. 10, Tomo 16, Protocolo 1°, de fecha 09 de mayo de 2007; cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado GUZMAN MONTES DE OCA JUAN EDUARDO., inscrito en el Inpreabo.....