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Decisiones del dia 20/05/2019

Formato:  Ficha  Lista

Paginas Ant 1 2 3 [Total de sentencias: 25] Página 3 de 3
N° Expediente : 19-9521 N° Sentencia : Fecha: 20/05/2019
Procedimiento:
Interdicto Por Despojo
Partes:
ESTRELLA MARY BRICEÑO ÁNGEL VS YOLANDA COROMOTO DOS RAMOS MONTILLA Y ALEXI ANTONIO LOAIZA DÍAZ
Resumen:
V DISPOSITIVA. Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada en ejercicio ISAÍR MARÍN RAMÍREZ, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ESTRELLA MARY BRICEÑO ÁNGEL, contra el auto proferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 11 de enero de 2019, el cual SE CONFIRMA CON DISTINTA MOTIVA; en consecuencia, se declara INADMISIBLE la presente QUERELLA INTERDICTAL DE DESPOJO incoada por la prenombrada contra los ciudadanos YOLANDA COROMOTO DOS RAMOS MONTILLA y ALEXI ANTONIO LOAIZA DÍAZ, todos ampliamente identificados en autos. Dada la naturaleza de la presente acción, no hay expr.....
Juez/Ponente:
Zulay Bravo Durán
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Transito y de Menores
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N° Expediente : 18-10.183 N° Sentencia : Fecha: 20/05/2019
Procedimiento:
Divorcio (185-A)
Partes:
LISVIA MARGARITA PARRA DE PACHECO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-6.524.323
Resumen:
Por las consideraciones que anteceden, y siendo que la firma es una formalidad necesaria para considerar legítimamente manifestada la voluntad expresada por escrito, tal y como lo expresa Ricardo Henríquez La Roche en sus comentarios al Código de Procedimiento Civil, cuando señala: "(...) Un documento no firmado por quien aparece como exponente no es siquiera instrumento privado, a tenor del artículo 1.368 del Código Civil. En tal caso, la Secretaria Temporal habría dado fe de la presentación de un objeto que no es considerado jurídicamente como instrumento, en el sentido técnico jurídico de la Palabra, y por tanto, no podrá considerarse "escrito" a los efectos que señala el Artículo 187. Igual efecto se produce sí, habiendo dado fe la Secretaria de la presentación del documento, se comprueba ulteriormente que la firma es apócrifa, es decir, que no hay firma de quien aparece como otorgante", por lo antes expuesto este Tribunal considera que no fue válidamente presentado el escrito de s.....
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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N° Expediente : 18-10.182 N° Sentencia : Fecha: 20/05/2019
Procedimiento:
Divorcio (185-A)
Partes:
RODRÍGUEZ ECHEZURIA JOSÉ ANTONIO Y ZAPATA QUEREIGUA YENNILYN KATHERY, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS V-16.589.049 Y V-18.538.424
Resumen:
Por las consideraciones que anteceden, y siendo que la firma es una formalidad necesaria para considerar legítimamente manifestada la voluntad expresada por escrito, tal y como lo expresa Ricardo Henríquez La Roche en sus comentarios al Código de Procedimiento Civil, cuando señala: "(...) Un documento no firmado por quien aparece como exponente no es siquiera instrumento privado, a tenor del artículo 1.368 del Código Civil. En tal caso, la Secretaria Temporal habría dado fe de la presentación de un objeto que no es considerado jurídicamente como instrumento, en el sentido técnico jurídico de la Palabra, y por tanto, no podrá considerarse "escrito" a los efectos que señala el Artículo 187. Igual efecto se produce sí, habiendo dado fe la Secretaria de la presentación del documento, se comprueba ulteriormente que la firma es apócrifa, es decir, que no hay firma de quien aparece como otorgante", por lo antes expuesto este Tribunal considera que no fue válidamente presentado el escrito de s.....
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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N° Expediente : 18-10.179 N° Sentencia : Fecha: 20/05/2019
Procedimiento:
Divorcio (185-A)
Partes:
MAYRA MARGARITA MENA CEDEÑO Y JOSÉ MIGUEL ASTUDILLO, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS V-11.036.678 Y V-15.836.873,
Resumen:
Por las consideraciones que anteceden, y siendo que la firma es una formalidad necesaria para considerar legítimamente manifestada la voluntad expresada por escrito, tal y como lo expresa Ricardo Henríquez La Roche en sus comentarios al Código de Procedimiento Civil, cuando señala: "(...) Un documento no firmado por quien aparece como exponente no es siquiera instrumento privado, a tenor del artículo 1.368 del Código Civil. En tal caso, la Secretaria Temporal habría dado fe de la presentación de un objeto que no es considerado jurídicamente como instrumento, en el sentido técnico jurídico de la Palabra, y por tanto, no podrá considerarse "escrito" a los efectos que señala el Artículo 187. Igual efecto se produce sí, habiendo dado fe la Secretaria de la presentación del documento, se comprueba ulteriormente que la firma es apócrifa, es decir, que no hay firma de quien aparece como otorgante", por lo antes expuesto este Tribunal considera que no fue válidamente presentado el escrito de s.....
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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N° Expediente : 18-5757 N° Sentencia : Fecha: 20/05/2019
Procedimiento:
Notificación Judicial
Partes:
MARIA DE LA SOLEDAD MALPICA RAMOS, VENEZOLANA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 4.054.366
Resumen:
Por las consideraciones que anteceden, y siendo que la firma es una formalidad necesaria para considerar legítimamente manifestada la voluntad expresada por escrito, tal y como lo expresa Ricardo Henríquez La Roche en sus comentarios al Código de Procedimiento Civil, cuando señala: "(...) Un documento no firmado por quien aparece como exponente no es siquiera instrumento privado, a tenor del artículo 1.368 del Código Civil. En tal caso, la Secretaria habría dado fe de la presentación de un objeto que no es considerado jurídicamente como instrumento, en el sentido técnico jurídico de la Palabra, y por tanto, no podrá considerarse "escrito" a los efectos que señala el Artículo 187. Igual efecto se produce sí, habiendo dado fe la Secretaria de la presentación del documento, se comprueba ulteriormente que la firma es apócrifa, es decir, que no hay firma de quien aparece como otorgante", por lo antes expuesto este Tribunal considera que no fue válidamente presentado el escrito de solicitud .....
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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