PRIMERO: ADMITIR la QUERELLA presentada por el ciudadano FRANCO JOSE MILTON, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 24.524.365, en contra de la ciudadana LIBIA ISABEL GOMEZ, por ser presunta autora responsable en la comisión del delito de APROPIACION INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 468 del Código Penal Vigente, de conformidad con lo establecido en el artículo 296 ibídem. A tal efecto se le confiere al ciudadano FRANCO JOSE MILTON, la condición de parte querellante, de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 296 eiusdem.
SEGUNDO: DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud que presentó la solicitud que presentó el ciudadano FRANCO JOSE MILTON, en el sentido se proceda a practicar allanamientos y demás diligencias de investigación, de conformidad con lo establecido en el artículo 285 numeral 1, 2 y 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con lo dispuesto en los artículos 11, 108.1.2, 281 y 283, todos del Cód.....