DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano, OSCAR ARNALDO PONCE CENTENO, titular de la cedula de identidad Nº 20.032.759, de nacionalidad venezolano, de 20 años de edad, domiciliado: Ruiz Pineda, Barrio el divi divi, sector las palmas, vereda 1, casa 02, Guarenas, Municipio Plaza, del estado Miranda, por el delito precalificado como ROBO IMPROPIO previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal , en virtud de que se encuentran llenos los extremos de los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal. Se designa como sitio de reclusión la región Policial Nº 6, de la Policía del estado Miranda. Asimismo, se ordena tramitar la presente causa por las pautas del Procedimiento Abreviado, ORDENANDO en consecuencia la remisión de la presente causa al Tribunal de Juicio que ha de conocer la presente causa.....................