III
DE LA DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara SIN LUGAR la oposición formulada por la empresa TRANSPORTE JM 2000, C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda, en fecha veintisiete (27) de marzo de dos mil nueve (2009), quedando anotada bajo el número 34, tomo 13-A, expediente signado con el número 222-1274, representada por los ciudadanos ANTONIO CORREIA SERRAO y JOSÉ MANUEL CORREIA SOUSA, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.876.085 y V-8.675.033, respectivamente, asistidos por el abogado JOSÉ MIGUEL LOMBARDO GIAMBALVO, inscrito en el Inst.....