DECRETA la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano: EDGAR ELIAS CASANOVA, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, fecha de nacimiento 30-06-1969, de 40 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.629.020, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Mototaxista, residenciado en: Bloque 9, los Naranjos, el ingenio, apto. 03-03, Municipio Zamora, Estado Miranda,, por la comisión del delito de: HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 5ª del Código Penal, en perjuicio de la Escuela Básica el Ingenio. Debiendo permanecer detenido en el Internado Judicial el Rodeo II.