PRIMERO: Se establece que el penado CASTELLANO PEDRO LUIS, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-16.148.761, venezolano, natural de Los Teques, Estado Miranda, fecha de nacimiento: 24-02-1975, de 32 años de edad, hijo de Griselda del Carmen Castellano (v) y de Pedro Luís Eraso (v), residenciado Barrio Javillal, detrás de las Luisas, casa s/n, cerca de la entrada de la escuela, Estado Aragua, fue condenado a DOCE (12) AÑOS, SEITE (07) MESES, DIECIOCHO (18) DÍAS Y DIECIOCHO (18) HORA DE PRISIÓN, por ser autor responsable de la comisión de los delitos de ASALTO A TRANSPORTE DE CARGA Y PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LA LIBERTAD, previstos y sancionados en el segundo aparte del artículo 357 y artículo 175, ambos del Código Penal vigente; quien ha estado privado de su libertad desde hace DOS (02) AÑOS OCHO (08) MESES Y SIETE (07) DÍAS, faltándole por cumplir NUEVE (09) AÑOS OCHO (08) MESES ONCE (119 DÍAS , razón por la cual la pena principal finalizara en fecha 18-05-2017, a las 19:00 horas. .....