DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda sede Los Teques, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
UNICO: Se declara INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO el recurso de apelación interpuesto por RAQUEL MORILLO, Defensora Publica, en representación a los ciudadanos BENITEZ DAVID DEIVID ARTURO, SANTAELLA MENDOZA JORVIN ADRIAN Y VIERA GUERRERO ANTONIO JOSE, quien recurre conforme a lo previsto en el artículo 439. 4 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión del 29 de noviembre del 2016, dictada por el Juzgado Tercero (3º) de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda sede Los Teques, mediante la cual decretó en contra de sus defendidos medida de privación judicial preventiva de libertad de conformidad con lo establecido en los artículos 236 numerales 1, 2 y 3 artículo 237 numeral 2 .....