DECISION
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción del Estado Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, a DECLARAR ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante CAMILA JOSEFINA ESPINOZA LEON, quien en vida fue Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.813.887 y quien falleció, en fecha 07 de diciembre de 2015, en su condición de esposo e hijos, a los ciudadanos: JOSE VICENTE ESPINOZA POSAMAI, ANA ROSA ESPINOZA LEON, JOSE VICENTE ESPINOZA LEON, Y ANGEL MIGUEL FLORES ESPINOZA, ampliamente identificados. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias previa certificación en actas por Secretaría. Cúmplase.-
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