DISPOSITIVA
En consecuencia, por todos los razonamientos anteriormente expuestos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, dicta el siguiente pronunciamiento: DECRETA LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a los ciudadanos JESSE HILDEBRAN DIAZ RASQUIN RUBEN, quien es de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.358.619, de 22 años de edad, nacido en fecha 18-11-1984, de profesión u oficio indefinida, de estado civil soltero , residenciado en la Urbanización Cartanal, sector 07, calle 06, casa N° 02, Santa Teresa del Tuy, Estado Miranda; y RUBEN EDUARDO LINARES, quien es de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédula de identidad N° V-18.186.340, de 19 años de edad, nacido en fecha 10-06-1988, de profesión u oficio obrero, .....